En el marco de la Comisión de Contabilidad (conjunta CEC-ACCID), el pasado miércoles 19 de abril tuvo lugar la conferencia online “Due Diligence desde una perspectiva legal”, a cargo de los abogados Marcos Jiménez de Parga y Francisco José Vinaches (DiG Advocats), autores también del artículo que sobre esta materia se publicó en la Revista de Contabilidad y Dirección ACCID nº 34 sobre Due Diligence: Fundamentos y aplicaciones Prácticas. Martí Garcia, vicepresidente de la Comisión de Contabilidad conjunta, dio la bienvenida al webinar e hizo su introducción.
Marcos Jiménez de Parga y Francisco José Vinaches describieron paso a paso los detalles del proceso de realización de una Due Diligence Legal (DDL), apuntando que este instrumento, que no hay que confundir con una auditoría ni con una valoración de empresa, permite obtener una fotografía actualizada de la compañía de la que se objeto la DDL. Una herramienta que no sólo promueve un posible comprador o inversor sino también los propios vendedores o propietarios con el fin de avanzar en el proceso de inversión en su empresa.
El alcance de una DDL dependerá de un acuerdo de intenciones (o confidencialidad) que suele establecer la hoja de ruta que se seguirá en la realización de la Due Diligence. Esto es: determinar los aspectos que el potencial inversor decidirá cómo los más trascendentes de la compañía, aunque lo más frecuente es que se analicen aspectos como los societarios, contractuales, fiscales, los vinculados a la administración pública, procedimientos judiciales, protección de datos o compliance penal. La DDL la realizan profesionales externos y comprueban el cumplimiento de las diferentes áreas de una empresa con la legalidad vigente, obligaciones y compromisos y se determinan los riesgos y su alcance.
El «Check list«
Primer paso obligado es la entrega de la documentación e información a entregar por parte de la empresa a los profesionales que elaborarán la DDL, el llamado “check list”. Dentro de los acuerdos de intenciones se reflejarán los aspectos a estudiar, aunque las más habituales son las siguientes cuestiones:
– Societarias: desde las que identifican a la empresa al capital social de la compañía, la revisión de derechos y cargas y las obligaciones relativas a las cuentas anuales.
– Fiscales: investigación y cálculo de las contingencias fiscales detectadas, comprobación de la contabilización de los pasivos fiscales, examen de los créditos fiscales y valoración de los activos fiscales, además de la revisión de IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades (y operaciones vinculadas), impuesto sobre la renta de no residentes e impuestos locales.
– Contractuales: revisión de las relaciones con terceros, tales como proveedores, clientes o entidades financieras, entre otros, además de contratos de arrendamientos de inmuebles.
– Con la administración pública: análisis, entre otras casuísticas, de las licencias y autorizaciones, subvenciones y ayudas públicas y contratos, además del cumplimiento de la normativa y obligaciones medioambientales.
– Procedimientos judiciales: estudio de la empresa en cuanto a los procedimientos, sanciones y/o reclamaciones en curso o bien las potenciales que pudieran surtir efectos, tanto positivos como negativos para la compañía.
Es importante tener en cuenta el estado de otras cuestiones como los activos intangibles de propiedad intelectual e industrial, la protección de datos y la Compliance penal (plan de prevención de riesgos penales).
Por último, los profesionales que elaboren la Due Diligence Legal podrán ofrecer al comprador o al inversor una imagen fidedigna de la situación de la empresa. Así, el informe será un documento esencial para que un inversor decida seguir o no adelante con la operación prevista, rebajar o negociar el precio, proponer garantías adicionales, fraccionar el precio o establecer retenciones.
La información de la Due Diligence Legal elaborada por los abogados Marcos Jiménez de Parga y Francisco José Vinaches se puede encontrar detallada en el artículo “Due Diligence desde una perspectiva legal”, publicado en el volumen número 34 de la Revista de Contabilidad y Dirección “ Due Diligence: Fundamentos y aplicaciones prácticas”.