El 18 de marzo, en la sede del Col·legi Oficial de Gestors Administratius de Catalunya (COGAC) en Barcelona, tuvo lugar la conferencia “Análisis práctico sobre el impuesto sobre beneficios. Resolución del ICAC de 9 de febrero de 2016”, impartida por Ramon Ferrer Pedrola, Profesor de Derecho financiero y tributario (TEU) de la Universitat de Barcelona (1981-2015). Lo acompañaba el representante de la sede i del ACCID, Bernat Pons.
En la conferencia se mencionó la reforma legal de la información contable que tuvo lugar en 2007 y que dio a la aprobación del Plan General de Contabilidad (PGC) y del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y medianas empresas (PGC de PYMES), mediante los Reales decretos 1514/2007 y 1515/2007, respectivamente. Se comentó que entre las innovaciones respecto al PGC de 1990 destaca la regulación sobre el reconocimiento y valoración del impuesto sobre beneficios. La Resolución del ICAC del 9 de febrero de 2016 cumple la función de adaptar tales normas a las exigencias establecidas en el PGC, incorporando en el Derecho contable interno español buena parte de la doctrina de la Norma Internacional de Contabilidad, número 12, del impuesto sobre ganancias.
Se analizó el concepto “efecto impositivo” y los métodos en el uso de su determinación y valoración. También la construcción conceptual del PGC sobre la materia y la metodología contable, con referencia al reconocimiento y valoración, por un lado, y de la información a revelar por otra.
Sobre esta base, se analizó el texto de la Resolución del ICAC de 9 de febrero de 2016 estructurada en un análisis general, análisis de aspectos específicos, fondos de comercio y consolidación de cuentas, incidencia de regímenes tributarios y, para finalizar, con el detalle de la información a revelar. Se introdujeron esquemas y ejercicios de aplicación con el objetivo de concretar y visualizar la aplicación de la Resolución.
Por último, se consideraron las modificaciones introducidas por la promulgación del Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, por el cual se modifican en el Plan General de Contabilidad y otras normas contables y, en lo necesario, las modificaciones incorporadas en la reforma de la Ley del Impuesto sobre sociedades (Ley 27/2014).